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El riesgo financiero se refiere a la probabilidad de ocurrencia de un evento que tenga consecuencias financieras negativas para una organización. El concepto debe entenderse en sentido amplio, incluyendo la posibilidad de que los resultados financieros sean mayores o menores de los esperados.
Riesgos: Es la posibilidad de generarse una pérdida económica por la ocurrencia de un evento adverso que afecta negativamente el logro de los objetivos de la Cooperativa.
Administración de Riesgos: Son los procesos, procedimientos y tareas sistemáticas de planear, hacer, verificar y actuar frente al riesgo.
Evento: Suceso o serie de sucesos, internos o externos a la Cooperativa, originados por la misma causa, que ocurren durante un mismo periodo de tiempo.
Fases De La Administración Del Riesgo
Identificar
Es un proceso continuo de reconocer y entender los riesgos existentes en cada operación efectuada y en aquellas que pueden surgir de diferentes actividades o servicios nuevos.
Medir
Es el proceso de cuantificación, valoración y medición de cada riesgo identificado. En esta fase se consideran todos los eventos que tiendan a incrementar los riesgos, se prioriza de baja, media y alta frecuencia, repetición y probabilidad de ocurrencia, se analiza el efecto de bajo, medio o alto impacto en la cooperativa.
Monitorear
Es el proceso que consiste en la evaluación del adecuado funcionamiento de la administración de riesgos y la implementación de las modificaciones que sean requeridas.
Controlar
Es el proceso que busca asegurar las políticas, estándares, límites y procedimientos para el tratamiento de riesgos, si son apropiadamente tomados o ejecutados.
Fundamentos Para La Gestión De Riesgo
Cooperativa 15 de Septiembre, Limitada se enfoca en ser una institución de excelencia en servicios financieros con principios y valores cooperativistas, razón por la cual se debe contar con una efectiva administración de riesgos para lograr las metas propuestas, misma que debe estar alineada con los objetivos institucionales, ya que no se genera negocio sin tomar riesgos.
Estructura Organizacional
Cooperativa 15 de Septiembre, Limitada, cuenta con una estructura política conformada por una Asamblea General, la cual es el órgano máximo y elige de forma democrática a la Junta Directiva y Junta de Vigilancia, así mismo, contamos con un Comité de Riesgos, éste creado por la Junta Directiva, según lo establece la Ley de Cooperativas de Honduras Artículo 29A inciso O. Dentro de la estructura organizacional administrativa se cuenta con un Oficial de Riesgos.
Comité de Riesgos: Según el Artículo 12 de la Normativa de Administración Integral de Riesgos para las Cooperativas de Ahorro y Crédito lo define como un comité de apoyo, de alto nivel, conformado de acuerdo a la Norma de Gobierno Cooperativo, que se encarga de adoptar decisiones en el ámbito de las facultades delegadas por la Junta Directiva; este Comité administra de forma global los riesgos de la Cooperativa así como las implicaciones de todos ellos en la gestión de la solvencia patrimonial, analiza el posicionamiento de riesgos y propone políticas para optimizar la administración de riesgos en el marco de los objetivos estratégicos de la Cooperativa.
Conformación de Comité de Riesgos: Según el Artículo 13 de la Normativa de Administración Integral de Riesgos para las Cooperativas de Ahorro y Crédito, el Comité de Riesgos estará integrado por un número de miembros impar, no menos de tres (3) personas ni más de siete (7), que serán designados por la Junta Directiva de la Cooperativa.
Creación de la Unidad de Administración de Riesgos: Según el artículo 19 de la Normativa de Administración Integral de Riesgos para las Cooperativas de Ahorro y Crédito, las Cooperativas que cuenten con un nivel de activos netos iguales o superiores a los trescientos millones de lempiras (L. 300,000,000.00) deberán constituir una Unidad de Administración de Riesgos (UAR).
Responsabilidades
La Junta Directiva de la Cooperativa es responsable de establecer el Sistema de Administración Integral de Riesgos y de propiciar el ambiente y los recursos para su implementación, siendo sus responsabilidades mínimas:
Aprobar las políticas generales que guían las actividades de la Cooperativa en la gestión de los riesgos que enfrenta.
Aprobar los recursos necesarios para el adecuado desarrollo del Sistema de Administración Integral de Riesgos a fin de contar con la infraestructura, metodología y personal adecuado.
Conocer los principales riesgos afrontados por la Cooperativa y estableciendo de ser posible límites de exposición.
Evaluar que el patrimonio cooperativo sea suficiente para enfrentar los riesgos de la Cooperativa cumpliendo en todo momento con los requerimientos legales.
Validar que la Cooperativa cuente con una efectiva administración de riesgos y que los principales riesgos están dentro de los límites establecidos.
Gerencia General
Gerencia General de la Cooperativa tiene la responsabilidad de implementar el Sistema de Administración Integral de Riesgos conforme a las directrices establecidas por la Junta Directiva.